Se considera una contravención el difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas. ¿Pero «contrarias» según quién?
Se considera una contravención el difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas. ¿Pero «contrarias» según quién?