12 preguntas al Estado cubano

Hace unos meses, a raíz de la manifestación del 27 de noviembre de 2020 frente al Ministerio de Cultura, el exministro de esa cartera y actual presidente de Casa de las Américas, Abel Prieto Jiménez, escribió el artículo “Cultura y Revolución”, que se publicó en Granma el viernes 4 de diciembre de ese año. En aquel artículo, a manera de conclusión, decía:

“Todo creador que se acerque a las instituciones con objetivos legítimos encontrará interlocutores dispuestos a escucharlo y a apoyarlo. Con los farsantes no hay diálogo posible”.

Voy a suponer que ni Abel Prieto ni las instituciones cubanas me consideran un farsante, y desde esa suposición me permito presentarles estas doce preguntas que ojalá encuentren una respuesta diáfana y respetuosa; porque es desde el respeto, aunque también desde un disgusto que creo legítimo, que las formulo. Si así no fuera, les pido que iluminen mi error.

Les ruego, sin embargo, que no me citen para una de esas reuniones que suelen alargarse durante horas y donde se acostumbra amonestar a la persona citada por expresar ideas que alguien —casi siempre el emplazado— juzga inconvenientes. No encuentro utilidad alguna a ese tipo de reuniones ni tengo tiempo para perder. Seamos, por favor, transparentes.


1.

Si se tienen pruebas de que algún ciudadano cubano colabora con un gobierno extranjero para subvertir el orden interno del país, ¿no es un deber acusarlo formalmente?


2.

Si ese ciudadano no ha sido acusado, ni juzgado por un tribunal, ni hallado culpable, ¿no es su derecho que se lo considere inocente?


3.

Si en lugar de recurrir a las vías que la ley establece, se utilizan los medios públicos, las redes sociales u otros canales para difundir acusaciones, ofensas e incitaciones al odio contra ese ciudadano, ¿no se incurre en delito? ¿No califica ese proceder como difamación o injuria?


4.

Si quienes dirigen los medios públicos acceden a difundir esas opiniones contra alguien, sin otorgarle al aludido derecho a réplica, ¿no están también violando la ley? ¿No se socava así la presunción de inocencia, que es pilar básico y universal de la justicia?


5.

Si una persona daña intencionalmente a otra, de hecho o de palabra, aun cuando se sienta agraviada por ella, ¿no comete una ilegalidad? ¿Tiene derecho a tomarse la justicia por su mano?


6.

Si esa persona al dañar a otra ha actuado instigada por los medios públicos o por algún representante de las fuerzas del orden, ¿no tienen los instigadores parte de responsabilidad en la agresión?


7.

Si esa persona ocupa un cargo en una institución del Estado, ¿no es más grave su falta? ¿No daña de ese modo también la imagen y el honor de la institución que representa?


8.

Si esas acciones se realizan de manera sistemática, día tras día durante meses, empleando para ello cuantiosos recursos que son del pueblo, ¿no es obligación de la Asamblea Nacional del Poder Popular y del Consejo de Estado indagar en la legitimidad de esas acusaciones y encauzarlas por las vías adecuadas?


9.

Si esas altas instancias del gobierno y el Estado no lo hacen, sino que alientan a quienes así actúan, ¿no incitan de ese modo, por omisión, al desorden público? ¿No es derecho y deber de la población ofrecer apoyo al agredido y protestar por el abuso de poder?

(Adviértase que esto no es un llamado a la protesta ni al desorden público, sino una pregunta a las instituciones del Estado).


10.

Si las personas que protestan y demandan un trato justo para el agredido reciben a cambio amenazas, reprimendas e igual tratamiento que aquel a quien intentaron proteger, ¿qué recurso tienen para expresar su disgusto y hacer valer su derecho?

¿Deben elegir entre emigrar o someterse? ¿O deben tomar la senda de la insurrección, como se ha sugerido con arrogante ironía en los medios públicos últimamente, aun cuando esto implique más polarización y sufrimiento para el pueblo? ¿Es justo que se les deje solo esas tres opciones?


11.

Si el Estado decide que un ciudadano es su enemigo, ¿pierde ese ciudadano automáticamente sus derechos? ¿No es menester demostrar su culpa antes de condenarlo?

¿Quién lo juzga? ¿Quién lo defiende?


12.

En caso de no recibir respuesta a las preguntas anteriores, ¿deberé interpretar de su silencio que las instituciones cubanas me consideran un farsante?

E incluso en tal caso, por desagradable que resulte, ¿no es legítimo que un ciudadano pida y obtenga respuesta a preguntas como estas?


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Alexis Romay

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