“El doble estándar no es accidental”: soberanía y ley internacional según Micaela Hierro Dori

Micaela Hierro Dori es profesora en la Universidad del Salvador, en Argentina, y se ha dedicado a trabajar la intersección entre relaciones internacionales y ciencias políticas. Ha liderado organizaciones de la sociedad civil desde hace 20 años, con particular énfasis en la defensa de la democracia en Iberoamérica. 

A pesar de su juventud, conoce, como pocos latinoamericanos, la larga y dura historia de la resistencia cívica en Cuba contra el régimen izquierdista que la oprime y, por transitividad, la colonia de ultramar en que se convirtió Venezuela bajo el chavismo y el llamado Socialismo del siglo XXI. 

Hierro Dori ofrece en esta entrevista una perspectiva imprescindible sobre conceptos como “soberanía”, tan manoseados estos días por aquellos que, después de la operación contra Nicolás Maduro el 3 de enero, se escudan tras la “ley internacional” para defender a un dictador.

En un reciente artículo sobre los sucesos del 3 de enero pasado en Caracas, subrayaste que las declaraciones, informes y pronunciamientos de la ONU no impidieron la existencia de más de mil presos políticos, prácticas sistemáticas de tortura, ni el ejercicio de una política de terror. ¿Qué ocurría en Venezuela durante el gobierno de Maduro?

El dictador Nicolás Maduro, sucesor del otro tirano y populista, Hugo Chávez, con apoyo y asesoramiento del gobierno totalitario de Cuba, cometía crímenes de lesa humanidad con total impunidad. 

Por otro lado, el sistema internacional pretendía frenar las detenciones arbitrarias, prácticas de torturas y desapariciones forzosas con declaraciones e informes, instando al régimen a respetar los derechos humanos. 

Parecía ignorar que, quien comete esos crímenes para permanecer en el poder, ha pasado a una instancia de “todo o nada”, ya no le importa la reputación internacional, ya vendió su alma al diablo, no tiene más nada que perder.

Seguiste de cerca el proceso electoral del verano de 2024 en Venezuela, en el cual el Partido Socialista Unido, con la candidatura de Maduro, fue declarado ganador por el Consejo Nacional Electoral (CNE). ¿Fue legítimo el proceso?

Ya desde el proceso electoral que ocurrió en Venezuela en el año 2012 se cuestionaba al CNE y la imparcialidad con que las autoridades electorales gestionaban la jornada electoral y el escrutinio. 

Sin embargo, el proceso del 28 de julio de 2024 fue un robo a mano armada, ya no había fraude que se le comparara. Los funcionarios del CNE no se gastaron en disimular que estaban cometiendo todos los delitos electorales que puedas imaginar: desde cambiar o desaparecer actas, hasta amenazar y desparecer a los ciudadanos que contribuían a fiscalizar y a cuidar el voto del pueblo.

El debate sobre el término “soberanía” está ahora al rojo vivo. ¿Qué distinciones fundamentales podemos hacer entre la soberanía estatal y la soberanía popular? 

La “soberanía estatal” es el poder supremo y exclusivo que ejerce el Estado como entidad jurídica y política dentro de sus fronteras territoriales, como, digamos, el poder de legislar y administrar. 

Por otra parte, la “soberanía popular” es la doctrina que afirma que el origen y la legitimidad de ese poder residen en el pueblo, que es el titular original de la soberanía y la delega en las instituciones estatales, a través de mecanismos democráticos como el voto, estableciendo límites y control sobre el gobierno. 

La integridad territorial es una consecuencia directa de la soberanía estatal y supone la defensa de las fronteras como expresión jurídica y política del Estado. A su vez, se proyecta en el plano internacional mediante el principio de no intervención, consagrado en la Carta de las Naciones Unidas y en el Derecho Internacional consuetudinario. 

Resumiendo: la distinción clave es que la soberanía estatal es el poder ejercido por el gobierno, mientras que la popular es la fuente de ese poder (el pueblo). Esto implica que el Estado es un servidor de la voluntad popular.

Ahora, vayamos al caso reciente de Venezuela. Allí la soberanía estatal la estaba ejerciendo un presidente totalmente ilegal e ilegítimo que, a su vez, violaba sistemáticamente los derechos humanos. Y ahí es donde colisionaban las dos dimensiones de un mismo concepto. 

La soberanía estatal no es absoluta. Existen límites aceptados por la comunidad internacional, como el resguardo o no de los derechos humanos. Por eso, violaciones graves y sistemáticas pueden habilitar mecanismos de protección como los organismos supranacionales, tribunales internacionales y sistemas regionales de protección. 

También está limitada por la Responsabilidad de Proteger (conocida en la jerga de ciencia política como R2P) en casos extremos, como la comisión de genocidio o crímenes de lesa humanidad. Igualmente, la deberían limitar los tratados internacionales, pues los Estados limitan voluntariamente su soberanía al adherirse o no a ciertos acuerdos. Estos límites redefinen la soberanía dentro de un orden jurídico internacional basado en normas comunes.

Has escrito: “la ineficiencia —o insuficiencia— del sistema de derecho internacional puede leerse como inacción: inacción no por falta de normas, sino por la incapacidad política de aplicarlas”. ¿A qué te refieres?

Hubo innumerables denuncias e informes que reconocían la grave situación de derechos humanos en Venezuela, a través, por ejemplo, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y las Resoluciones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

La Corte Penal Internacional (CPI) abrió formalmente una investigación sobre Venezuela en 2021, por posibles crímenes de lesa humanidad relacionados con torturas, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, violencia contra opositores, etc. Desde entonces, se mantiene una investigación activa sobre esos hechos, pero aún no hay órdenes internacionales de arresto emitidas contra altos funcionarios, como el ya depuesto Nicolás Maduro o el ministro del Interior Diosdado Cabello. 

El proceso de investigación ha sido inusitadamente largo, considerando la gran cantidad de evidencias disponibles, todas presentadas ante la CPI. Esa falta de acciones concretas, el no reaccionar a llamados a respetar los derechos humanos, la liberación de presos políticos o la rendición de cuentas, está atravesada por la falta de voluntad política o la tibieza. Cosa que es especialmente irresponsable en la tan urgente crisis humanitaria que vive Venezuela hace al menos diez años. 

Si por parte de la comunidad internacional ha habido inacción, tampoco hubo mucha acción desde un punto de vista unilateral de los Estados Unidos (hasta el 3 de enero pasado), aun cuando había un pedido de captura por terrorismo y narcotráfico sobre Maduro y Cabello.

Tampoco hubo nada desde organizaciones regionales como la Unión Europea, que tomó medidas restrictivas contra individuos vinculados a violaciones de derechos humanos, mediante la congelación de activos y la prohibición de viajar.

El caso venezolano y la prolongada inacción frente a violaciones graves de derechos humanos, ¿prueba la urgencia de cambiar los mecanismos de poder y decisión del sistema internacional?

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU no tiene facultad para imponer sanciones coercitivas, como prohibiciones de viaje, congelamientos de activos o embargos. Pero quizá deberían poder hacerlo. Esas medidas son exclusivas de organismos como el Consejo de Seguridad. Pero en ese, por el poder de veto de China y Rusia, ambos socios de la dictadura venezolana, toda acción quedó bloqueada. 

La ONU ha propuesto convertir las recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos y del Examen Periódico Universal en obligaciones de seguimiento vinculante, para que no queden en simples exhortaciones. Incluso, que activen automáticamente cronogramas de cumplimiento, con evaluación y sanciones diplomáticas si no se implementan. 

Para ello sería importante fortalecer la complementariedad entre la ONU y los mecanismos judiciales de la Corte Penal Internacional y la Corte Internacional de Justicia, para que los informes de la ONU, que suelen documentar violaciones, sean enviadas a tribunales o mecanismos judiciales con fuerza ejecutiva.

En tu opinión, si la comunidad internacional reacciona con firmeza únicamente cuando se “viola” la soberanía territorial, pero tolera por años la violación sistemática de la soberanía popular, “el mensaje es devastador: los derechos humanos se vuelven retóricos, la legalidad se vuelve selectiva y la impunidad se vuelve negociable”. ¿Encuentras paralelismos con lo que ocurre hoy en otros países de la región, como Cuba? 

Ese doble estándar no es accidental. Es estructural. Por eso, sí existen paralelismos en Cuba, Nicaragua y otros países. 

Durante décadas, el sistema internacional ha tratado a Cuba como un “caso político complejo”, no como un país donde existe una violación sostenida de la soberanía popular. El resultado es el mismo mensaje devastador.

Mientras no se crucen fronteras, mientras no haya otra Bahía de Cochinos, el sufrimiento interno puede ser administrado diplomáticamente. En Cuba, como en Venezuela y Nicaragua, se ha instalado una lógica peligrosa: la represión se vuelve “contexto”, la falta de derechos se vuelve “modelo político”, la ausencia de democracia se vuelve “cultura política nacional”. 

A diferencia de Venezuela, donde aún hay una disputa política más o menos abierta y existe presión internacional intermitente, Cuba representa un caso de impunidad prolongada y “estabilizada”. 

La comunidad internacional, al aceptar esto durante tanto tiempo, envía un mensaje implícito: algunos pueblos pueden vivir indefinidamente sin soberanía popular, sin que eso constituya una emergencia internacional. Este mensaje erosiona el valor universal de los derechos humanos.